Cuando se hereda una vivienda, surgen numerosas dudas, especialmente en cuanto a si es posible realizar obras de mejora antes de que la casa sea oficialmente heredada. Este artículo busca responder a esa pregunta, teniendo en cuenta aspectos legales, fiscales y prácticos que afectan a los herederos y propietarios en España.
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Toggle¿Se pueden realizar obras en una vivienda antes de la herencia?
La respuesta corta es sí, pero con ciertas limitaciones. En términos legales, cualquier tipo de obra o mejora en una propiedad debe ser realizada por el propietario legal de la misma. Esto significa que, hasta que la herencia no esté oficialmente aceptada y registrada a nombre de los herederos, las obras pueden ser complicadas desde un punto de vista jurídico.
Los herederos tienen derecho a aceptar o rechazar la herencia, lo que complica la toma de decisiones sobre la propiedad antes de que sea transferida oficialmente. Además, si existen varios herederos, se requiere el consentimiento unánime de todos ellos para llevar a cabo cualquier obra significativa en el inmueble y poder contactar con los primeros arquitectos Barcelona.
¿Quién tiene derecho a realizar obras en una vivienda heredada?
La clave para entender este proceso es determinar quién tiene la titularidad del inmueble. Hasta que no se haya realizado la adjudicación de la herencia, la propiedad sigue a nombre del fallecido. Por tanto:
- El heredero no puede actuar como propietario pleno hasta que se complete la adjudicación formal.
- El albacea (si existe) puede autorizar ciertos trabajos de mantenimiento para preservar el valor de la vivienda, siempre y cuando esto sea necesario y no implique cambios significativos.
- Si los herederos están de acuerdo, pueden solicitar permiso conjunto para realizar mejoras que beneficien a todos.
En el caso de que solo algunos herederos quieran hacer mejoras y otros no, pueden surgir disputas. Aquí es donde entra en juego la mediación legal para llegar a un acuerdo antes de ejecutar cualquier obra.
Obras de conservación vs. obras de mejora
Es fundamental diferenciar entre dos tipos de obras:
- Obras de conservación: aquellas que son necesarias para mantener la vivienda en buen estado, como reparaciones de tejados, arreglos de fontanería o reparación de instalaciones eléctricas que puedan poner en riesgo la seguridad. Estas obras son generalmente permitidas, incluso antes de que se complete el proceso de herencia, ya que su objetivo es evitar que la propiedad se deteriore.
- Obras de mejora: son aquellas que buscan aumentar el valor del inmueble o mejorar su funcionalidad (por ejemplo, reformar una cocina, cambiar los suelos o añadir una terraza). Estas requieren el consentimiento de todos los herederos, ya que no son consideradas necesarias para la conservación de la vivienda.
Implicaciones fiscales de realizar obras antes de heredar
Una cuestión importante a tener en cuenta es el impacto fiscal de las obras en la propiedad heredada. Si los herederos deciden realizar mejoras antes de aceptar la herencia, podrían enfrentarse a ciertas implicaciones fiscales:
- Impuesto de Sucesiones y Donaciones: El valor de la propiedad se establece en el momento del fallecimiento del propietario. Si se realizan obras que aumenten el valor del inmueble antes de que se complete el proceso de aceptación, podría implicar un aumento en la base imponible, lo que resultaría en un mayor impuesto a pagar.
- Plusvalía Municipal: Si las obras incrementan significativamente el valor catastral de la propiedad, esto podría llevar a un aumento en el impuesto de plusvalía al momento de la venta o traspaso del inmueble.
Por lo tanto, es recomendable que los herederos consulten con un asesor fiscal antes de realizar cualquier obra que pueda influir en el valor de la propiedad.
Procedimiento para realizar obras en una vivienda heredada
Para realizar obras en una vivienda que está en proceso de herencia, se deben seguir ciertos pasos:
- Obtener el consentimiento de todos los herederos: Si hay varios beneficiarios, todos deben estar de acuerdo para evitar futuros conflictos legales.
- Notificar al ayuntamiento: Dependiendo del tipo de obra, es posible que se requiera una licencia de obra menor o mayor, que debe ser tramitada a nombre del propietario registrado (es decir, el fallecido).
- Consultar con un abogado especializado en herencias: Para asegurarse de que no se están infringiendo derechos legales, especialmente si hay herederos en desacuerdo o si la propiedad tiene hipotecas o cargas pendientes.

Casos especiales: obras urgentes
En ocasiones, pueden surgir situaciones donde las obras son absolutamente necesarias debido a razones de seguridad o salubridad. Por ejemplo:
- Fugas de agua que puedan causar daños estructurales.
- Daños en la instalación eléctrica que puedan suponer un riesgo de incendio.
- Problemas en el tejado que puedan llevar a filtraciones graves.
En estos casos, se permite que los herederos o el albacea realicen las reparaciones urgentes para evitar mayores daños, siempre que se justifique la urgencia de la intervención.
Recomendaciones finales
Antes de lanzarse a realizar obras en una vivienda que aún no ha sido oficialmente heredada, es crucial:
- Consultar a un abogado experto en herencias para asegurarse de que se siguen todos los procedimientos legales correctos.
- Realizar un acuerdo por escrito entre los herederos para evitar malentendidos futuros.
- Llevar un registro detallado de los gastos incurridos en las obras, ya que esto puede ser útil a la hora de justificar deducciones fiscales o de ajustar las cuentas entre herederos.
Abogados Herencias Barcelona: te asesoramos sobre la posibilidad de realizar obras de mejora en casa antes de ser heredada
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