Cuando una persona fallece y no deja testamento, se inicia el procedimiento para determinar quiénes serán sus herederos. Después de la declaración de herederos, ¿qué hay que hacer para cumplir con los trámites y obligaciones legales? Este proceso no termina con la obtención del acta de declaración, ya que implica varias acciones necesarias para repartir bienes, inscribir propiedades y liquidar impuestos.
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ToggleInventario y valoración de los bienes
El primer paso tras obtener la declaración de herederos consiste en realizar un inventario detallado de los bienes que formaban parte del patrimonio del fallecido. Esto incluye inmuebles, cuentas bancarias, vehículos, inversiones y otros activos. Cada bien debe valorarse según las reglas aplicables:
- Inmuebles: su valor se basa en el mercado, aunque Hacienda establece referencias mínimas. Si es la vivienda habitual del fallecido, se añade un 3% en concepto de ajuar doméstico.
- Cuentas bancarias: se toma el saldo disponible a la fecha del fallecimiento, lo cual debe acreditarse con un certificado emitido por el banco.
- Vehículos y otros bienes: su valoración puede realizarse mediante tablas oficiales o informes de tasadores.
Un inventario correcto resulta esencial para calcular impuestos y garantizar un reparto justo.
Partición de la herencia
Una vez valorados los bienes, los herederos deben proceder a la partición de la herencia. Si no hay acuerdo, se puede recurrir a un contador-partidor designado por el juez o el testador. En este paso, se asignan los bienes a cada heredero según su cuota legal o lo establecido en el testamento, si existiera.
En herencias sin testamento, la ley determina el orden de sucesión. Los descendientes son los primeros en heredar, seguidos por ascendientes y el cónyuge. Si no hay familiares cercanos, el Estado se convierte en heredero.
Inscripción en el Registro de la Propiedad
Los bienes inmuebles incluidos en la herencia deben inscribirse a nombre de los nuevos titulares en el Registro de la Propiedad. Este trámite asegura la titularidad legal de los herederos y evita conflictos futuros. Para ello, se debe presentar:
- El acta de declaración de herederos.
- La escritura de partición de herencia firmada por todos los herederos.
- El justificante del pago del Impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal.
Pago de impuestos y obligaciones fiscales
La aceptación de una herencia implica la obligación de liquidar ciertos impuestos, lo que debe realizarse dentro de plazos establecidos para evitar recargos o sanciones:
- Impuesto de Sucesiones: cada heredero debe presentar la declaración y pagar la cantidad correspondiente en un plazo de seis meses desde el fallecimiento. En algunas comunidades autónomas existen bonificaciones significativas.
- Plusvalía municipal: si la herencia incluye inmuebles, se debe abonar este impuesto que grava el incremento del valor del suelo urbano. Su cálculo y pago se realiza en el ayuntamiento correspondiente.
- IRPF del fallecido: si el fallecido tuvo ingresos en el año de su fallecimiento, los herederos deben presentar su declaración de la renta.
Resolución de conflictos entre herederos
En algunos casos, pueden surgir desacuerdos entre los herederos sobre la partición o el valor asignado a determinados bienes. Estos conflictos pueden resolverse mediante negociación, mediación o, en última instancia, un procedimiento judicial. Es importante actuar con rapidez para evitar que el proceso se dilate en el tiempo.
Consecuencias de no completar los trámites
Si no se realizan los trámites después de la declaración de herederos, se pueden generar problemas legales y fiscales, como la imposibilidad de disponer de los bienes o la imposición de sanciones por no liquidar impuestos. Además, otros interesados podrían reclamar la herencia, complicando aún más la situación.

Preguntas frecuentes sobre qué hay que hacer después de la declaración de herederos
¿Qué documentos adicionales se necesitan tras la declaración de herederos para gestionar la herencia?
Además de la declaración de herederos, necesitarás recopilar documentación que acredite los bienes y derechos del fallecido. Entre ellos, destacan certificados bancarios, escrituras de propiedad y comprobantes de valores mobiliarios. Esta información permite realizar el inventario y valorar correctamente el patrimonio para los trámites posteriores.
¿Se puede impugnar una declaración de herederos ya emitida?
Sí, cualquier persona con interés legítimo puede impugnar una declaración de herederos si considera que no cumple con las leyes sucesorias. Esto puede ocurrir por errores en la inclusión o exclusión de herederos. La impugnación debe realizarse ante los tribunales, aportando pruebas que respalden la reclamación.
¿Cómo se gestionan las deudas del fallecido tras la declaración de herederos?
Los herederos aceptan la herencia con las cargas incluidas, por lo que también son responsables de las deudas del fallecido. Pueden optar por aceptar la herencia a beneficio de inventario, limitando su responsabilidad al valor de los bienes heredados. Este procedimiento requiere una solicitud formal ante notaría o juzgado.
¿Qué ocurre si un heredero no está de acuerdo con el reparto tras la declaración?
Si un heredero no acepta la partición propuesta, se puede intentar llegar a un acuerdo extrajudicial. En caso de persistir el desacuerdo, será necesario acudir a un procedimiento judicial de división de herencia. El juez designará a un perito o contador-partidor para realizar el reparto.
¿Qué leyes regulan la declaración de herederos y los trámites posteriores en España?
La declaración de herederos está regulada por el Código Civil, especialmente en los artículos 912 a 1087, que tratan la sucesión. Además, la Ley del Notariado (artículo 56) regula los trámites notariales. En cuanto a los impuestos y aspectos fiscales, la normativa depende de cada comunidad autónoma, pero el Impuesto de Sucesiones y Donaciones se rige por la Ley 29/1987.
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